Información básica para el inversor
Riesgos y advertencias
iKamo no es una entidad de crédito ni una empresa de servicios de inversión. No está adherida a ningún fondo de garantía de inversiones ni a ningún fondo de garantía de depósitos. Por tanto, el capital invertido no está cubierto por estos fondos.
Los proyectos de financiación participativa publicados en la web no son objeto de autorización ni de supervisión por la Comisión Nacional del Mercado de Valores ni por el Banco de España ni por ningún otro regulador, nacional o extranjero.
Asimismo, se informa que la información facilitada por los promotores no ha sido revisada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores ni constituye un folleto informativo aprobado por esta.
iKamo no proporciona asesoramiento financiero y nada en esta web debe interpretarse como tal.
La información que aparece en esta página es para fines de información general y no constituye un asesoramiento específico.
La inversión en los proyectos publicados por iKamo implica los siguientes riesgos:
- Riesgo de pérdida parcial del capital invertido y riesgo de no obtener el rendimiento dinerario esperado. Los préstamos son participativos, por lo que el interés percibido por el inversor se determinará en función de la evolución de la actividad de la empresa prestataria y los créditos de los inversores se situarán después de los acreedores comunes de la empresa prestataria. Existe por tanto de no obtener la rentabilidad esperada o, incluso, de no obtener rentabilidad alguna y perder la inversión efectuada.
Asimismo, como se ha indicado anteriormente, la inversión no está garantizada y en caso de insolvencia de la empresa prestataria ningún fondo de garantía, garantizarán la recuperación de la inversión.
- Riesgo de iliquidez para recuperar la inversión, esto es, si un inversor quiere liquidar su inversión antes del término previsto, esta liquidación puede demorarse. Generalmente, los proyectos publicados en iKamo son a medio o largo plazo, y las inversiones en ellos no pueden considerarse líquidas.
- Riesgos ligados a la transmisibilidad de los valores: se deben tener en cuenta las restricciones a la libre transmisibilidad de los valores inherentes al régimen jurídico de las sociedades que los hayan emitido, o las restricciones que se hayan establecido en los estatutos sociales o pactos parasociales de las mismas.
- Riesgo de dilución: asimismo, se debe considerar el riesgo de dilución, esto es, que el porcentaje de participación adquirida por el inversor en el capital de la sociedad financiada disminuya como consecuencia de ampliaciones de capital posteriores, a las que el inversor decida no acudir, ya que su participación se reducirá de manera proporcional al número de nuevas participaciones creadas.
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- Riesgo de no recibir dividendos (rentas que paga la empresa a sus socios cuando obtiene beneficios y se cumplen los requisitos establecidos legalmente): no existe seguridad ninguna de que la sociedad financiada vaya a obtener beneficios ni de que, teniéndolos, la Junta General de Socios apruebe su distribución, ya que los socios pueden adoptar, con el régimen de mayorías establecido en la ley aplicable, en sus estatutos sociales y, en su caso, en los pactos parasociales existentes, el acuerdo de reinvertir esos importes en el negocio o de dotar reservas legales, estatutarias o voluntarias.
- Riesgo de no poder influir en la gestión de la sociedad. La capacidad del inversor de influir en la gestión de la sociedad financiada vendrá fijada por su porcentaje de participación en la misma que, como hemos dicho, puede verse diluida en el futuro.